Afiliación
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Calidad de Asociados
Tienen la calidad de asociados de COOMULTRAISS las personas que, habiendo suscrito el Acta de Constitución, o las que posteriormente hayan sido admitidas como tales, permanezcan asociadas y estén debidamente Inscritas.
Pueden aspirar a ser asociados de COOMULTRAISS las personas naturales legalmente capaces y que demuestren ingresos mensuales. Las personas jurídicas del sector cooperativo, así como las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
Se considera un asociado nuevo o recién vinculado a COOMULTRAISS se encuentre inscrito en el registro social cuando haya pagado por lo menos el primer aporte social y la cuota de admisión y haya sido aceptado por el Consejo de Administración mediante acta.
Condiciones de Admisión
Podrán ser asociados de COOMULTRAISS las siguientes personas que llenen los requisitos que el estatuto establece:
- Las personas naturales legalmente capaces, y que demuestren ingresos mensuales.
- Los menores de edad, mayores de catorce (14) años, previa autorización de su representante legal.
- Los menores de catorce (14) años de edad, a través de su representante legal.
- Las personas jurídicas del sector cooperativo o solidario, de derecho privado sin ánimo de lucro.
- Las empresas o unidades económicas, donde sus propietarios trabajen en ella y prevalezca el trabajo familiar o asociado, que presten servicios o estén estrechamente vinculadas a la economía nacional.
Requisitos de Admisión
Las personas naturales deberán cumplir con los siguientes requisitos para ser admitidas como asociadas de COOMULTRAISS
- Presentar solicitud de admisión por escrito ante el Consejo de Administración en el formato que disponga COOMULTRAISS, proporcionando la información personal y financiera que esta requiera y autorizando descuentos de salarios, compensaciones, servicios u honorarios.
- Cancelar el 5% de un salario mínimo mensual legal vigente (S.M.M.L.V) como cuota de admisión no reembolsable.
- Acreditar Educación Cooperativa Básica o comprometerse a recibirla mediante programación que establezca la Cooperativa, dentro de los 90 días de haber sido admitido como asociado.
- Comprometerse mediante autorización escrita dirigida al empleador, o entidad pagadora cuando este sea dependiente, a que se le descuente de acuerdo a la modalidad de pago de la Empresa, con destino a su aporte a la Cooperativa una cuota mensual equivalente al cinco por ciento (5%) de su salario básico o mesada pensional; en todo caso el aporte no podrá ser inferior al cinco (5%) del salario mínimo mensual legal vigente en el país.
- Comprometerse en el caso de ser trabajador Independiente, con destino a sus aportes en la Cooperativa cancelar una cuota mensual equivalente al cinco por ciento (5%) de sus Ingresos certificados.
- Suministrar toda la información requerida para dar cumplimiento a las normas sobre el SARLAFT.
- No encontrarse incluidas en listas vinculantes sobre lavado de activos o financiación del terrorismo.
- Aceptar el tratamiento de los datos personales de carácter no sensible.
- Suministrar los demás documentos que se encuentren en el reglamento respectivo y la Información adicional que exija el Consejo de Administración.
Quienes se vinculen como asociados siendo menores de edad, deberán realizar obligatoriamente un aporte correspondiente al tres por ciento de un salario mínimo mensual legal vigente (3% S.M.L.M.V.), por una sola vez al momento de su vinculación como asociado, el cual tendrá el carácter de aporte social. Una vez cumplida la mayoría de edad, los menores de edad deberán aportar en la forma general prevista en el presente estatuto.
Los entes jurídicos que soliciten la admisión deberán pagar como aportes sociales mensuales el 10% de un S.M.M.L.V.
El consejo de Administración reglamentará las condiciones y requisitos para la apertura del vínculo, observando los principios de progresividad de la cooperativa, selección objetiva y evaluación periódica de resultados.
Las personas jurídicas deberán cumplir con los siguientes requisitos para ser admitidas como asociadas de COOMULTRAISS:
- Presentar solicitud de admisión por escrito ante el Consejo de Administración en el formato que disponga COOMULTRAISS, proporcionando la información Institucional y financiera que esta requiera.
- Acreditar la vigencia de la personería jurídica mediante certificado de existencia y representación legal, expedido con una antelación no mayor a un (1) mes, o el documento legal equivalente.
- Acreditar autorización del órgano de administración competente para tramitar la vinculación a COOMULTRAISS.
- Cancelar el 10% de un salario mínimo mensual admisión no reembolsable. legal vigente (S.M.M.L.V) como cuota de admisión no reembolsable.
- Suscribir y pagar un aporte inicial equivalente al 10% de un S.M.M.L.V al momento de legalizar su admisión.
- Comprometerse con destino a la Cooperativa cancelar una cuota mensual equivalente al cinco por diez (10%) de sus ingresos certificados, con destino a sus aportes sociales.
- Suministrar toda la información requerida para dar cumplimiento a las normas sobre el SARLAFT.
- No encontrarse incluida en listas vinculantes sobre lavado de activos o financiación del terrorismo.
- Aceptar el tratamiento de los datos institucionales de carácter no sensible.
- Suministrar los demás documentos que se encuentren en el reglamento respectivo y la Información adicional que exija el Consejo de Administración.